Aprobado el Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales en Brasil

El pasado martes, 10 de julio de 2018, el Senado Federal aprobó el Proyecto de Ley de la Cámara de los Diputados nº. 53, que dispone sobre la protección de datos personales en Brasil y modifica la Ley nº. 12.965, de 23 de abril de 2014, que, después de su sanción por parte de la presidencia de la República, dará origen a la Ley General de Protección de Datos Personales brasileña. La aprobación ha sido motivada por la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea que ocurrió en mayo de este mismo año.

La nueva ley disciplinará la protección de datos personales, definiendo los términos y condiciones de su obtención y tratamiento, y se aplicará a entidades publicas y privadas que realicen el tratamiento de datos personales de personas ubicadas en Brasil (con independencia del lugar del tratamiento de esos datos) y el tratamiento de datos realizado en Brasil que tenga por objetivo la oferta o el suministro de servicios en territorio nacional (con independencia de la origen de los titulares de los datos).

La definición de datos personales incluye “cualquier información relacionada a una persona natural identificada o pasible de identificación”, y está previsto un régimen legal específico para datos calificados como sensibles (p.ej., datos personales sobre origen racial o étnica, creencias religiosas, opiniones políticas, filiación a sindicados u organizaciones religiosas, filosóficas o políticas, datos relacionados con la salud o la vida sexual, genéticos o biométricos).

La nueva ley prevé, además, la creación de la Autoridad Nacional de Protección de Datos, cuyas funciones incluirán la responsabilidad por la expedición de normativa complementar y por la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones previstas en la nueva legislación, incluyendo la competencia para la aplicación de penalidades que podrán ir desde una simples advertencia hasta la aplicación de multas (de hasta el 2% de la facturación bruta del grupo en Brasil durante el ultimo ejercicio, hasta el límite de R$ 50 millones) o a la suspensión o prohibición del tratamiento de datos relacionados con la infracción.

Siguiendo la experiencia europea de garantizar un plazo para la adecuación a la nueva normativa (que en la Unión Europea ha sido de 24 meses), las entidades brasileñas tendrán un plazo de 18 meses desde la publicación oficial de la nueva ley para prepararse para su entrada en vigor.

Para otras informaciones sobre la reglamentación de la protección de datos personales en América Latina:  http://www.garrigues.com/es_ES/noticia/como-se-regula-la-proteccion-de-datos-en-latinoamerica-y-como-influye-el-rgpd.

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